Preguntas Frecuentes
Servicio A.I.D.
A.I.D es un servicio basado en la atención profesional y personalizada, que acompaña a las familias en el cuidado desde la trasparencia y la flexibilidad que se requieren para cuidar bien en casa. Ponemos nuestra experiencia al servicios de las personas mayores y sus familias.
A.I.D te ofrece la mayor flexibilidad, te acompaña siempre y durante todo el proceso con visitas mensuales a tu domicilio.
Para encontrar al cuidad@r ideal nuestro gestor de caso se encarga de analizar en profundidad diferentes situaciones como son:
- Situación de dependencia y/o patología del mayor
- Situación y entorno familiar.
- Carácter y personalidad del mayor.
- Necesidades, costumbres y actividades diarias del mayor.
- Formación del cuidador o cuidadora.
- Experiencia y referencias validadas del cuidador o cuidadora.
- Personalidad, carácter y edad del cuidador o cuidadora.
- Distancia entre la vivienda del mayor y del cuidador o cuidadora.
¡ Por Supuesto ! Desde A.I.D sabemos lo importante que es encajar perfectamente con un cuidad@r en el hogar. Por eso te proponemos, si así lo deseas, 3 cuidadores diferentes durante la primera selección. Así tendrás un mayor numero de opciones sobre las que tomar la decisión final.
En A.I.D. somos conscientes de la importancia que tiene para las familias la calidad y responsabilidad de los cuidadores. Nuestro proceso de selección pasa por asegurar que TODOS los cuidadores facilitados por A.I.D. están debidamente capacitados para el cuidado y atención a personas. Además valoramos muy positivamente la experiencia en el cuidado de perfiles similares y otras aptitudes y actitudes que son evaluadas por nuestros profesionales en psicología para que el cuidad@r tenga toda nuestra confianza.
Desde A.I.D. siempre recomendamos enfrentarse a un proceso de búsqueda de cuidad@r con tiempo y calma. Sin embargo somos conscientes que en ocasiones las situaciones personales y familiares dificultan y aceleran dicho proceso. En la actualidad cubrimos nuestros servicios en un plazo de entre 3 y 7 días, sin perder calidad.
El proceso comienza con un asesoramiento telefónico y la posterior valoración presencial de la persona y el domicilio.
Después nos ponemos en marcha para empezar el proceso de selección y presentar, cuanto antes, los candidatos seleccionados a la familia. Una vez se haya realizado la cita previa y escogido al cuidad@r éste podrá empezar sus servicios al día siguiente.
Nuestros Servicios constan de un pago inicial que puede variar entre los 120€ y los 330€ (IVA incluido), dependiendo de las horas de cuidado. Y de una cuota mensual que varía entre los 40€ y los 72€.
Nuestros Servicios constan de un pago inicial que puede variar entre los 120€ y los 330€ (IVA incluido), dependiendo de las horas de cuidado.
Este pago incluye:
- Visita inicial de valoración
- Asesoramiento gerontológico
- Diseño del perfil del profesional
- Búsqueda, presentación y selección del candidato
- Comprobación y validación de referencias y documentación del candidato
- Plan de día. Diseño del plan de cuidado domiciliario
- Tramitación del alta en la Seguridad Social
- Preparación y firma del contrato
El pago mensual consta de 3 partes:
SALARIO DEL CUIDAD@R:
El salario al cuidad@r es abonado directamente por el empleador/cliente. Entre los días 25 y 27 de cada mes recibirá una nómina con el importe exacto a abonar a su cuidad@r.
PAGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Seguridad Social domicilia el cobro de sus cuotas en la cuenta bancaria facilitada. El importe se carga a mes vencido el último día hábil de cada mes
CUOTA A.I.D.
La cuota A.I.D. se encuentra domiciliada y se carga el último día hábil de cada mes. Esta cuota Incluye:
- Seguimiento continuo y personalizado de caso por su gestor
- Visita mensual / Video llamada mensual
- Realización y entrega de Nóminas mensuales
- Mediación laboral
- Asesoramiento gerontologico personalizado
- Gestión de incapacidad temporal
- Gestión de baja de servicio
Contratación, Gestión y Seguridad Social
A.I.D se encarga de realizar la selección del mejor cuidador para cada situación.
El empleador, es decir, quien contrata al cuidador o cuidadora, será un miembro de la unidad familiar.
El contrato laboral se realiza entre un miembro de la familia (empleador) y la persona que presta el servicio (trabajador o empleado).
El contrato laboral se llevará a cabo dentro del Régimen Especial de empleados del hogar, por lo tanto el empleador y responsable de la relación laboral es la familia.
En A.I.D siempre recomendamos que el empleador este empadronado en el domicilio donde se va a realizar la labor de cuidado.
Una vez seleccionada la persona a contratar, A.I.D se ocupa de todos los tramites necesarios para realizar dicha contratación con las garantías que exige la ley.
Los empleadores tienen la obligación de conocer la ley, de contratar los servicios del hogar siguiendo el marco legal y de respetar los derechos del trabajador. Si contratas el servicio de cuidados internos debes prestar especial atención a los derechos de los profesionales internos.
Es fundamental que la familia ofrezca al profesional unas buenas condiciones de trabajo. Es muy importante que cuides de l profesional como él cuida de tus seres queridos, así incentivarás vuestra relación y motivarás al trabajador a ofrecer un servicio óptimo y eficiente. En el caso de los profesionales internos es obligatorio ofrecer una habitación para que pueda guardar sus objetos personales y asegurar su comodidad.
También es muy importante que respetes sus días festivos, vacaciones y horas de descanso diario y semanal.
En cuanto a términos de salario, debemos pagar lo que rige el Salario Mínimo Interprofesional, que varía de forma anual. También debemos pagar las bases de cotización correspondientes a la Seguridad Social. Debemos guardar todas las nóminas mensuales, desde el principio de la relación laboral hasta su fin.
Tu gestor de caso se ocupará de todo, así no tendrás que preocuparte por nada. Te recomendamos que lo/la mantengas informada ante cualquier incidencia, baja o vacaciones de tu profesional
No debe afectarle a su renta porque es un gasto para usted.
En cualquier caso existen deducciones a su favor dependiendo de la comunidad autónoma en la que resida.
Existen dos tipos de subvenciones o descuentos para contratar los servicios de A.I.D:
- Reducción del 20% en la cuota a Seguridad Social del empleador para las altas de los cuidadores o cuidadoras a domicilio en Régimen de Empleados del Hogar. *
*Esta reducción de cuotas se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas - Si dispones de una subvención de la Ley de la Dependencia, solicita tu gestor de caso que te informe de los servicios complementarios a la Ley de la dependencia, y con el que podréis completar un modelo de servicios y cuidados en casa personalizados
*Las ayudas para las personas mayores pueden variar según la comunidad autónoma. .
Dentro del Régimen del Hogar existen dos opciones de contrato.
- Si la familia no tiene claro el tiempo de duración del servicio se realizará un contrato por Obra y Servicio de Máximo 6 meses de duración.
- Si la familia tiene claro, que el servicio es a largo plazo lo adecuado es realizar un contrato indefinido.
El profesional de hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones por año.
Además tendrá derecho a disfrutar los días festivos del calendario.
Tanto durante las vacaciones como durante los festivos el empleador deberá continuar abonando tanto la seguridad social como el salario del emplead@ de hogar.
Si la baja se debe a accidente laboral, la prestación del profesional la pagará el INSS o la mutua asociada. La familia sólo pagará la Seguridad Social del profesional mientras dure la baja.
Si. Existe un periodo de prueba de 2 meses desde la fecha de inicio del contrato. Durante esos dos meses, si el profesional y la persona a cuidar no se adaptan o no cumple con las expectativas que buscaban se puede finalizar la relación laboral por cualquier de las partes sin alegar causa alguna y sin previo aviso en los márgenes que establece la ley.
El empleador no deberá abonar ningún tipo de indemnización, solo los días trabajados y las vacaciones generadas.
Una vez superado el período de prueba se debe preavisar al profesional, por escrito, de la finalización del contrato con una antelación de 7 días en contratos inferiores a un año y 20 días para contratos superiores a 1 año de antigüedad.
El empleador tiene derecho a finalizar la relación laboral por desistimiento, sin alegar motivo.
Es importante que vuestro gestor de caso conozca esta situación para gestionar la carta de cese, la nómina y el finiquito.
La liquidación de las vacaciones no disfrutadas y el salario hasta la fecha del cese de contrato también deberán ser retribuidos.
En caso de decidir rescindir el contrato con el emplead@, una vez finalizado el periodo de prueba, deberá abonar el finiquito correspondiente, el cual consta de:
- Vacaciones generadas y no disfrutadas
- Salario hasta la fecha de cesa de la relación laboral.
Si el cese ha sido un desistimiento de contrato existe la obligación de abonar una indemnización por valor de 12 días por año trabajado (con un máximo de 6 mensualidades)
Si el cese del contrato es a causa del fallecimiento del empleador a cuidar, la indemnización corresponderá a una mensualidad de salario.
Si no hemos otorgado el preaviso correspondiente al emplead@ deberemos de abonarle el importe correspondiente a dichos días.
Si las cosas se realizar entorno a la legalidad vigente, tanto la familia como el profesional están totalmente cubiertos y amparados acorde a la ley. Por lo tanto ante cualquier incidencia serán las autoridades judiciales quien actúen.
En el caso de tener una profesional sin contrato en el domicilio, la familia se expone a no poder defenderse ante la negligencia de estos y, como consecuencia, deberá pagar elevadas sanciones por no cumplir la ley.
Servicio y responsabilidades
Las tareas a realizar por un profesional están enfocadas en el cuidado del hogar y de las personas que en él se encuentren. Además deben velar por la seguridad, comodidad, salud y bienestar de sus integrantes.
El objetivo principal es la facilitación y. el apoyo de las personas mayores en sus tareas diarias, promoviendo la autonomía e independencia.
Algunas de las tareas más comunes son:
- Limpieza del hogar
- Higiene y vestido de la persona
- Control de la medicación
- Cocina, preparación de comidas y alimentación
- Acompañamiento del usuario
- Realización de compras necesarias para el cuidado
- Apoyo en la continuidad de los ejercicios e intervención pautadas por otro profesionales
Los profesionales internos disponen de un descanso entre jornada y jornada de 10/12 horas.
Los profesionales intern@s disponen de un descanso diario de 2 horas al día, en las que pueden salir del domicilio. Estas horas corresponden con las comidas principales pero pueden disfrutarse en conjunto.
El profesional interno tiene derecho a un descanso semanal de 36 horas seguidas que se ha de disfrutar, por regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo.
Como norma general en A.I.D. se establece este periodo de descanso desde el sábado a las 09:00 horas hasta el domingo a las 21:00 horas.
Este periodo de descanso se podrá modificar antes de celebrar el contrato laboral, o durante la vigencia del contrato, siempre y cuando ambas partes estén conformes.
Durante las vacaciones del profesional usted debe continuar abonando su salario habitual así como el importe de la seguridad social y la cuota A.I.D.
Los profesionales tiene derecho a disfrutar de 14 festivos al años. Durante dichos días no están obligados a trabajar. Sin embargo si ambas partes están de acuerdo, el profesional puede trabajar el festivo a cambio del abono del día o en su defecto de una libranza extra
A.I.D. realiza sustituciones previamente programadas y con una duración mínima de 72h.
Para las vacaciones, recomendamos realizar la programación con tiempo para que la sustitución sea efectiva.
Si se tratase de una baja médica, A.I.D actuará de urgencia para cubrir la ausencia en el menor tiempo posible.
Si la ausencia es injustificada, lo más aconsejable es pactar la recuperación de esas horas o en su defecto el descuento del importe en nómina.
Para ello es importante que las familias se comuniquen con su gestor de caso para que este investigo el motivo de la ausencia y su justificación.
Desde A.I.D, al comenzar el servicio se le asignará un gestor de caso o gestor personal. El gestor estará a su disposición para resolver cualquier duda en materia de dependencia/cuidados o relación laboral con el profesional.
Dicho gestor realizara un seguimiento mensual de su situación en cuanto a la satisfacción y calidad del servicio así como en lo referente a la situación de dependencia existente.
El gestor realizara una visita mensual a su domicilio o llamada por videoconferencia para conocer más detalles de sus necesidades.
Puede contactar con su gestor via email, telefónica o WhatsApp.
Llamamos Plan de Día a la planificación de tareas y plan de intervención que nuestros expertos en dependencia diseñan para el cuidado del mayor. En el se incluyen las actividades a realizar y los indicadores necesarios para comprobar que dichas actividades se realizan correctamente.